Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan las inspección y vigilancia de las compañías y rendir informes a que haya lugar.
Dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.
Cerciorarse de que las operaciones que se desarrollen por cuenta de la sociedad se ajusten a las prescripciones de los estatutos y a las decisiones de la asamblea general y de la junta directiva.